La Concejala del Partido Político MIRA Juliana Sosa Morales se pronunció de manera vehemente acerca del proyecto de Acuerdo No.028 de 2000 el cual fue modificado parcialmente por el acuerdo 016 del 2008 y donde se dictan otras disposiciones «Por medio del cual se adopta el ajuste excepcional del plan básico de ordenamiento territorial del municipio de Santa Rosa de Cabal», al que se le vienen dando los respectivos debates en la Corporación Municipal.
La Concejala Sosa Morales ha sido enfática en afirmar que a través del mencionado Proyecto de Acuerdo se estarían violando las Leyes 1537 de 2012 «por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones» y normas orgánicas de ordenamiento territorial como la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios.
Según informa la representante del Partido Político MIRA en el Concejo de Santa Rosa de Cabal, a través de la Ley 1537 de 2012 sólo se está facultando a Alcaldes y Concejos Municipales para discutir y aprobar la adición o incorporación a suelo urbano, con destino único para Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritario (VIP), los predios definidos para tal fin y ubicados en zona rural, suburbana y de expansión urbana.
Explicó la Concejala que de no ser por la ley 1537 de 2012, se tendría que dar cumplimiento a lo señalado en la Ley 388 de 1997, en el Decreto 3600 de 2007 y demás normas, lo que obligaría a adicionar dichos suelos o predios únicamente a través de la definición de zonas de expansión y del desarrollo de sus correspondientes planes parciales, siempre y cuando no sean suelos de clase agrológica I, II y III.
Aduce la Concejala Sosa Morales que el fin no puede justificar los medios y que de ahí el voto negativo que de parte del Partido Político MIRA se ha dado a tal iniciativa, toda vez que según el articulado presentado por la Administración Municipal, se estarían extralimitando en las facultades conferidas a través de la Ley 1537 de 2012. “Si los procesos se dan con fiel cumplimiento a la Constitución y la Ley, el MIRA a través de sus Representantes los respaldará, en caso de ser benéficos para la comunidad”. Resaltó.
El proyecto aquí discutido, aunque beneficia a la comunidad Santarrosana, contiene apartes que no están contemplados en la Ley 1537 y con ellos se violan normas de ordenamiento del territorio. De manera adicional, en el Proyecto de acuerdo no se relaciona información de la base de datos de potenciales beneficiarios de esta iniciativa, con lo que se podría privilegiar en algún momento a personas distintas a las más vulnerables del Municipio de Santa Rosa.
Vamos a solicitar por tanto el censo y el listado de familias que se encuentren ubicadas en predios de alto riesgo no mitigable, desplazadas, y que hagan parte de la población vulnerable del Municipio, con las Certificaciones respectivas de la autoridad competente y vigilaremos que sean ellos, los destinatarios de la norma, los que se beneficien de las iniciativas tramitadas en el Concejo Municipal, enfatizó la Corporada del Partido Político MIRA.