Hoy en comisión VI se discutió el proyecto de Ley No 15, por el cual se elimina el cargo fijo en los Servicios Públicos Domiciliarios, con el Ministro de Minas y Energía, los directores de la CRA Y CREG y la Superservicios.
Después de 20 años de creada la Ley 142 y 143 de servicios públicos, la cobertura en acueducto y alcantarillado no se ha incrementado más del 9% a nivel nacional.
Los gastos administrativos y de operación de las empresas de servicios públicos que son regulados por las comisiones, y éstas en su regulación permiten que estos gastos sean determinados por las mimas empresas, ocasionando que los usuarios sean quienes terminen pagando las malas administraciones de las empresas y su burocracia.
Los activos (Tuberías, plantas, postes, redes, entre otros) necesarios para la prestación de los servicios públicos, se están cobrando a los usuarios desde 1994 como si fueran nuevos, así estos lleven funcionando más de 20 años. A estas alturas ya estos activos se han pagado aproximadamente dos veces.
Las inversiones para expansión, reposición y rehabilitación de los sistemas necesarios para la prestación de los servicios públicos, se les cobra a los usuarios del servicio, pero lo preocupante es que después hacen parte de los activos mencionados en el párrafo anterior, esto quiere decir que estas inversiones se cobran nuevamente.
Las Empresas de acueducto pueden perder en la distribución el 30% del agua que producen y esta es cobrada a los usuarios como si la consumieran. Esto significa que por cada 10 metros que producen, a las empresas se les permiten perder 3 metros, pero de todas maneras a los usuarios se les cobran los 10 metros producidos.
Las empresas a través del tiempo han aumentado los costos y los gastos de la operación y han disminuido las inversiones, lo que es extraño es que dichas inversiones se cobran vía tarifa. ¿Será que para las empresas el ampliar la cobertura de los servicios no es su prioridad?
El cargo fijo en los servicios públicos se debe eliminar porque:
• La factura dependerá solamente de lo que consuma el hogar.
• Las empresas han sido diligentes en cobrar el cargo fijo, pero no en garantizar la conectividad a toda la población.
• Al eliminar el cargo fijo genera mayor transparencia en el cobro de los servicios públicos.
• Es importante aclarar, que la eliminación del cargo fijo no pone en riesgo la ampliación de la cobertura, puesto que se garantiza por medio de los costos medios de inversión que es otro factor tarifario conforme a la ley 142 de 1994.
• Para generar en las empresas un real compromiso de continuidad, calidad y eficiencia en los servicios públicos, reduciendo el tiempo permitido en la fallas en la prestación de los servicios y someter este tiempo al no cobro de costos administrativos.