
De igual forma, la representante, refirió las siguientes aclaraciones:
-El infractor de tránsito tendrá derecho a que se le conceda un descuento del 50% sobre el valor de sus multas y si la persona paga en los 5 días siguientes a la imposición del comparendo, tendrá el descuento del 50% en el valor de su multa y si paga del 6 al 20 el descuento será del 25%.
-Otros de los beneficios es la no duplicación de la multa, es decir, anteriormente las multas se doblaban si el conductor no se presentaba dentro de los tres días siguientes a la imposición del comparendo ante la autoridad de tránsito, “pero por esta ley las multas no se duplican”.
-La congresista explicó que el beneficio del descuento del 50% de las multas que estén pendientes de pago y que fueron impuestas antes del 16 de marzo de 2010, es el único que tiene un límite en el tiempo: hasta el 15 de marzo de 2011, por lo tanto hace el llamado a los infractores de tránsito, que les cobija tales beneficios legislativos.
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