La Virgínia, Risaralda, agosto 25 de 2010.
Honorables Concejales
Municipio de La Virginia
La Ciudad
Ref.: “PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ACUERDO NO. 013 DE AGOSTO DE 2010”.
En cumplimiento a la concesión que se me hiciera como ponente del Proyecto de Acuerdo No 013 de Agosto de 2010, “Por medio del cual se le da el nombre a un parque del municipio de La Virginia Risaralda”, me permito rendir ponencia en los siguientes términos:
OBJETO DEL PROYECTO
La iniciativa propuesta por el Honorable Concejal, José Luís Guapacha Hurtado, adopta como objetivo principal darle un nombre al Parque ubicado en la salida para Medellín en el municipio de la Virginia, la propuesta es llamar a este parque ”VILLA ESPERANZA”, lo cual le da una identidad propia.
INICIATIVA Y COMPETENCIA
La iniciativa se basa en la facultad otorgada por la Constitución Política en el artículo 313. Numerales 9 y 10 Donde dice que Corresponde a los concejos:
[…]
- Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
- Las demás que la Constitución y la ley le asignen
CONVENIENCIA
Los parques son sitios de sano esparcimiento para toda la familia, son Terrenos acotados de gran o de poca extensión, con plantas y árboles, destinado a usos diversos, especialmente a pasear; a menudo tiene una zona con atracciones (columpios, toboganes, etc.) para que los niños puedan jugar y entretenerse; el municipio necesita parques con buen mantenimiento como la poda de los árboles, limpieza del suelo, revisión periódica de lo que se tiene para que las personas puedan jugar y que además tengan seguridad.
CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD
Constitución Política
CAPITULO 3. DEL REGIMEN MUNICIPAL. ARTICULO 311. Al municipio como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local,
Ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.
LEY 136 de 1994 articulo 32 Atribuciones literales del 1 al 10
CONSIDERACIONES GENERALES
De los motivos específicos del Proyecto extraemos la importancia de la estigmatización que se le da en el contexto, pero quiero adicionarle que es muy relevante también el aspecto y la seguridad del sector.
Por ello retomando las palabras utilizadas en su exposición de motivos, donde dice: ”como coadministradores del municipio de la Virginia, es nuestro deber promover proyectos de acuerdo que (………) y es nuestro deber proponer esta clase de proyectos”
IMPACTO FISCAL
Este Proyecto no generará impacto fiscal alguno, toda vez que su objeto es darle un nombre a un parque municipal; por lo que no genera gastos que afecten las finanzas del Municipio, ni causa erogación alguna para el presupuesto municipal, ni tampoco compromete recursos preestablecidos.
CONCLUSIÓN
En virtud de lo expuesto anteriormente expuesto presento PONENCIA POSITIVA al proyecto de acuerdo 013 de Agosto 2010 “Ponencia para primer debate al Proyecto de Acuerdo No. 013 de Agosto de 2010”.
Cordialmente,
FAUNIER VILLADA
Concejal Ponente