Por Yimer Botero
Es muy común escuchar a las comunidades de todo los Municipios del Departamento del Caquetá, diciendo: “Es injusto que paguemos por un servicio que no nos prestan, pues pagamos por el alumbrado público y estamos a oscuras”, y tienen toda la razón, es mas, dicen que ellos pagan, pero que le presten el servicio; y que decir de las zonas rurales, ni si quiera tienen este servicio y de todas maneras también pagan.
Es importante dar claridad, pues el alumbrado público no esta contemplado por la ley como un servicio público domiciliario, como el caso del acueducto, energía o gas; pues el Decreto 2424/2006 la denomina como un impuesto; fundamentados en esto las administraciones a través de los concejos Municipales reglamentan este impuesto y lo que hace la electrificadora es prestar el servicio(que cobra por él) y la alcaldía se lo entrega por convenio a un privado para que administre y haga todo el mantenimiento pertinente. Por el hecho entonces de ser un impuesto, cuando las comunidades se acercan a hacer las reclamaciones, la respuesta es: “vayan al parque o por las calles principales, hay alumbrado público, por eso es que pagan”.
Frente a esta situación, es de anotar que las administraciones Municipales, están cumpliendo con una norma Nacional y eso se entiende, lo criticable, es que a demás que la norma es injusta, la ejecución del servicio también lo es, pues es inconcebible, que mensualmente se recojan recursos suficientes y el mantenimiento de las luminarias y en general del Alumbrado, este en condiciones pésimas.
Se hace necesario por tanto, diseñar una nueva normatividad, donde se den herramientas a los usurarios, para que defiendan sus derechos, que exista un control mas estricto por parte de las comisiones de regulación y entidades encargadas de controlar, para que cada administrador local, no reglamente y ejecute al antojo de cada uno, si no que se busque el beneficio general.