Esta ley defiende y garantiza la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, ya que permite avanzar en la lucha contra cualquier tipo de discriminación, incluidas las expresadas contra la población LGTBI. Contempla penas de uno a tres años y multas económicas que oscilan entre 10 y 15 salarios mínimos, a todo aquel que promueva o instigue actos, conductas, o comportamientos constitutivos de hostigamiento, orientados a causar daño físico o moral, por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo, orientación sexual, o discapacidad. Además, menciona casos de agravación punitiva, cuando la conducta se ejecute en lugares públicos, se realice a través de medios masivos de comunicación, se dirija contra niño, niña, adolescente, persona de la tercera edad o adulto mayor, o esté orientada a negar, o restringir los derechos laborales.
Link: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley148230112011.pdf