La Concejala del Movimiento Político MIRA, Olga Victoria Rubio Cortés, denunció que con el montaje, instalación y desarrollo del tradicional Festival Gastronómico “Alimentarte”, evento de la Fundación Corazón Verde, que tiene como objetivo recaudar fondos para las viudas y huérfanos de policías, viene produciendo graves y grandes daños ambientales al Corredor Ecológico del Parque el Virrey.
En la investigación adelantada por la Concejala Rubio, y que se inició por las denuncias de las Corporaciones o Asociaciones vecinas del sector, como CORPOARCHI, CORPOCHICÓ, evidencian de forma clara y contundente la afectación que este bien público- Parque el Virrey, viene sufriendo:
1.Quema de individuos arbóreos.
2.Daño al corredor de agua.
3.Proliferación de vectores y roedores durante y después del Festival.
4.Muerte de especies de fauna y flora.
5.Exposición de los residentes al ruido ensordecedor por encima de los decibles permitidos.
6.Bloqueo de vías lo que impide el ingreso y salida de vehículos de urgencia y emergencia.
7.Manejo de pipetas de gas cerca de las viviendas y zona residencial.
Al recibir la denuncia por parte de las asociaciones mencionadas, enseguida se indagó mediante derechos de petición de información a las entidades distritales competentes, Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el FOPAE (hoy IDIGER), IDRD, para que, respondieran sobre la problemática planteada, si el Parque el Virrey, era el lugar adecuado para llevarlo a cabo, o por si el contrario existía en Bogotá, otro escenario en el que se hiciera el evento, sin tanto perjuicio y daño ambiental, que la mayoría de las veces irreparable.
SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE:
De lo anterior, se colige por la propia normatividad citada por la Secretaría Distrital de Ambiente que de acuerdo al POT (Decreto 190 de 2004), los usos del Parque el Virrey, son de recreación pasiva, que no corresponden con el impacto y consecuencias de un evento como de Alimentarte:
Artículo 103. Corredores Ecológicos. Régimen de Usos (artículo 94 del Decreto 469 de 2003).
El régimen de usos de los corredores ecológicos, conforme a su categoría, es el siguiente:
1.Corredores Ecológicos de Ronda:
a.En la zona de manejo y preservación ambiental: Arborización urbana, protección de avifauna, cilcorrutas, alamedas y recreación pasiva.
b.En la ronda hidráulica: forestal protector y obras de manejo hidráulico y sanitario”.
En Mesa de Trabajo adelantada el día 26 de junio de 2014 en el Salón Presidentes del Concejo de Bogotá, con miembros de la Comunidad afectada, la Administración Distrital y el equipo de la Concejala Rubio Cortés, se dejó claro la problemática padecida:
Cada entidad participante, quedó con los compromisos a cumplir en aras de reforzar el cuidado de la Zona de Protección y Manejo Ambiental- Corredor Ecológico el Virrey, y optar sin perjudicar el evento y su loable causa; que éste se trasladara a la Plaza de los Artesanos, lugar que cuenta con todos los implementos, estructura e infraestructura, para un Festival de esta envergadura.
SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE:
En la Mesa de Trabajo se comprometió a: 1.Revisión y evaluación de documentos oficiales donde se evidencia los impactos ambientales que arroja el evento “Alimentarte” en el parque el virrey” 2. Entregar informe de la evaluación técnica una vez realizado cada uno de los eventos Alimentarte. 3. Hacer una evaluación del impacto Ambiental Negativo como lo está demostrando cada una de las Corporaciones del Norte y los documentos oficiales. 4. Solicitar resumen de los procesos de afectación del parque, después de cada una de los diferentes eventos realizados año tras año.
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA (EAAB): Se compromete a socializar el fallo de la zona II y la Gerencia Corporativa.
SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO: En la Mesa de Trabajo se comprometió a: 1. Articular el trabajo con las demás entidades distritales que tengan competencia para a solución de las diferentes problemáticas que se presentan en el Parque el Virrey, esto es Secretaría de Salud (salubridad pública), Secretaría Distrital de Gobierno.
FOPAE- IDIGER: En la Mesa de Trabajo se comprometió a: 1. Promover una reunión interinstitucional con las demás entidades distritales competentes para exponer las conclusiones de esta mesa de trabajo.
IDRD: En la Mesa de Trabajo se comprometió a: 1. Se compromete a participar en la reunión interinstitucional. 2. Apoya el cambio del evento Alimentarte a la Plaza de Artesanos.
Sin embargo, pese a todo el esfuerzo mancomunado hecho y debiéndose tener en cuenta en las acciones, la prevalencia del bien común, el interés general y al ambiente sano, la Secretaría Distrital de Ambiente, se contradice a sí misma, porque Alimentarte 2014 empezó, y vuelve la misma historia.
En Informe Técnico 01032 del 30 de septiembre de 2013 de la Dirección de Control Ambiental – Subdirección de Control Ambiental al Sector Público, claramente se determinó las afectaciones generadas al Parque El Virrey como consecuencia de la realización del evento Alimentarte:
“SITUACIÓN ENCONTRADA: Durante el recorrido de evidenciaron diferentes afectaciones generadas por el evento Alimentarte, las cuáles se registran en el Anexo Fotográfico”:
1.Escombros dispersos.
2.Excavaciones para instalar carpas, las cuáles generan alto riesgo para los transeúntes del parque ya que se pueden accidentar.
3.Material de excavación en el costado oriental del Parque.
4.Afectación del pardo como consecuencia del pisoteo constante de las personas asistentes al evento.
5.Luminaria caída.
6.Cajas de las Redes Eléctricas destruidas debido a que se tuvieron que conectar redes eléctricas a las carpas instaladas.
7.Residuos del desmonte de las carpas dispersos por el parque.
8.Evidencia de una fogata en el sitio dónde estaba instalada la carpa: estufas en suelo blando.
9.Quema de algunas ramas de los individuos arbóreos, como consecuencia de la ausencia de medidas de manejo.
10.Poda de las ramas de individuo arbóreo quemado para ocultar lo ocurrido y sin el permiso pertinente.
11.Evidenció la afectación de la Zona de Protección y Manejo Ambiental – ZPMA del Canal El Virrey, a causa de la instalación de puentes para facilitar el paso a través del canal. Esto afectó el Pardo de la ZMPA.
12.Arenas dispersas por el Parque a causa del manejo inadecuado de éstas.
13.Vertimiento de grasas directamente sobre el espacio público (andenes y calles) y sobre la zona verde del parque, afectando la vegetación e impermeabilizando el suelo.
14. Olores ofensivos generados por estos vertimientos.
Tabla 1. Identificación de los impactos ambientales generados por la realización del Evento Alimentarte 2013.
IMPACTO |
CAUSA |
RECURSO AFECTADO |
Contaminación de cuerpos hídricos. Variación en los parámetros de calidad del agua |
Vertimiento de grasas directamente a los sumideros, a las vías y a las calzadas, las cuales se depositan en canales y humedales |
Agua, infraestructura |
Daño al prado del parque |
Instalación de infraestructura sobre la vegetación Pisoteo de los asistentes al evento Instalación de estufas directamente sobre el pardo, lo cual generó quemas |
Agua, suelo, Flora |
Generación de malos olores |
Vertimiento de grasas al espacio público |
Aire |
Deterioro de la calidad del hábitat de las especies |
Contaminación del agua por las grasas vertidas |
Flora, Fauna |
Afectación a la vegetación y al suelo |
Vertimiento de grasas sobre suelo blando |
Flora, suelo |
Deterioro al espacio público |
Daños a los elementos constitutivos del espacio público como faroles y cajas de redes eléctricas |
Infraestructura |
Cambio del uso del suelo |
Instalación de mobiliario e infraestructura dentro de la ZMPA del canal El Virrey |
Suelo, Flora |
Daño a individuos arbóreos |
Falta de medidas de precaución en la instalación de las chimeneas, lo cual ocasionó quema de ramas. Instalación de mobiliario, lo cual afectó mecánicamente a los individuos arbóreos |
Flora |
Fuente: Respuesta Secretaría Distrital de Ambiente.
CONCLUSIÓN DEL INFORME TÉCNICO:
“Con base en los antecedentes, en donde se relacionan las comunicaciones enviadas por la Secretaría Distrital de Ambiente, los registros fotográficos suministrados por ARCHI y lo evidenciado durante el recorrido, se puede concluir QUE EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL EVENTO ALIMENTARTE IMPACTÓ NEGATIVAMENTE LA CALIDAD AMBIENTAL DE LOS ELEMENTOS SUELO, AIRE, AGUA Y FLORA DEL PARQUE EL VIRREY”.
ADICIONALMENTE LA FUNDACIÓN CORAZÓN VERDE NO CUMPLIÓ CON LOS LINEAMIENTOS OTORGADOS POR LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE MEDIANTE RADICADO 2013EE074192, NI CON LAS OBLIGACIONES DE CARÁCTER AMBIENTAL, ESTIPULADAS POR EL IDRD EN EL RADICADO 2013ER090038”.
…. “Mediante radicado 2013EE45012 del 23 de abril de 2013, se ofició al Instituto Distrital de Recreación y Deporte- IDRD, remitiendo el Memorando Interno 2012IE119286, con el fin de que se tenga en cuenta para que evaluaran la posibilidad de realizar el evento Alimentarte en otro lugar”.
Con tanta argumentación a favor de proteger el Corredor Ecológico el Virrey, como bien público y en el marco de los principios ambientalistas que orientan el Plan de Desarrollo de la Bogotá Humana 2012- 2016, “una ciudad que se mueve en torno a lo ambiental”, ¿Por qué hoy se hizo Alimentarte?
Finalmente, ¿dónde queda la aplicación de la prohibición contenida en el Decreto 599 de 2013 “Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 25, expresamente determina que en la Estructura Ecológica Principal, de la que hace parte el Virrey, según su respuesta, NO SE PODRÀN AUTORIZAR EVENTOS NI AGLOMERACIONES DE NINGUNA COMPLEJIDAD.
La Concejala Rubio Cortés, hace un fuerte llamado de atención a la Secretaría Distrital de Ambiente, en cabeza de la doctora Susana Mohamad, y a todas las entidades competentes en este tema, para que le den estricto cumplimiento a la Constitución Política de Colombia, a las normas vigentes sobre protección de las zonas de Manejo y Reserva Ambiental como el Corredor Ecológico Parque el Virrey (POT), al Decreto 599 de 2013, al Acuerdo 257 de 2006 y demás disposiciones legales de carácter ambiental, que obligan a proteger el Derecho al Ambiente Sano, sobre un interés particular.
PREGUNTAS:
1.¿Las autoridades en todos sus niveles, NO están es para proteger los bienes públicos?
2.¿Dónde queda la aplicación contenida en el artículo 1 de la Carta Política de Colombia, de un principio fundamental, cuál es la prevalencia del interés general?
3.¿Dónde quedan los pilares del Plan de Desarrollo Bogotá Humana en cuánto trabajar frente al cambio climático y desarrollar la ciudad en torno al agua?
Fuente: Derechos de Petición y Respuestas – Concejo de Bogotá
Secretaría Distrital de Ambiente