Posteriormente los propios afectados presentaron un derecho de petición, el cual no fue respondido por el municipio, luego presentaron una acción de tutela, la cual fue fallada a favor de los afectados.
El Juzgado 12 Penal Municipal de Cali, en sentencia del pasado 17 de agosto del 2012, le ordena a la Secretaría de Vivienda de Cali: “en un termino de 48 horas, contestar el derecho de petición y se proceda de manera inmediata a otorgar el subsidio de arrendamiento a las familias que hacían parte del asentamiento brisas de un nuevo amanecer, prorrogable por el tiempo que dure la solución de su problema de vivienda, hogares que deben ser incluidos en el proyecto de vivienda del Barrio Taller”.
Esta sentencia, confirma que el concejal Juan Carlos Olaya tenía la razón en su denuncia ante la corporación Concejo de Cali.
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Concejal Juan Carlos Olaya, cel. 316 525 23 85