El Concejal Juan Carlos Olaya, presentó una iniciativa que tiene por objeto la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes victimas del abuso sexual, cuya obligatoridad en los entes territoriales emana del artículo 4 de la Ley 1146 de 2007. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos en Cali contra: La violación, la inducción, el estímulo y el constreñimiento a la prostitución; la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexuales de la persona menor de edad.
La Constitución Política establece que los niños serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos, establece la prevalencia de los Derechos de los niños, y el derecho a la protección y formación integral de los adolescentes.
La Ley 1098 de 2006 establece la CORRESPONSABILIDAD, que se entiende como la participación de la familia, la sociedad y el Estado en su atención, cuidado y protección. No obstante lo anterior, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales, no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.”
En relación con el Proyecto de Acuerdo presentado por la bancada de Mira en el Concejo de Cali, la ley 1146 de 2007 ordenó la creación del Comité Interinstitucional Consultivo para la Prevención de la Violencia Sexual y Atención Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas del Abuso Sexual, para lo cual expresamente señaló que en los entes territoriales, se constituirían bajo la coordinación de las Secretarías de Salud y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a través de sus Regionales, Comités Interinstitucionales Consultivos para la Prevención de la Violencia Sexual y Atención Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas del Abuso Sexual, según sea su competencia.
El proyecto de acuerdo está acorde con el Plan de Desarrollo del Municipio de Santiago de Cali 2012-2015 que en el numeral 1. del componente 1. de la Línea 1 contiene el Programa de promoción, prevención, inclusión y generación de oportunidades con Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes.
En el año 2011 el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses realizó 17.628 exámenes médico legales por presunto delito sexual en menores de edad en Colombia, de acuerdo al informe preliminar realizado por el Centro de Referencia Nacional sobre Violencia (CRNV) del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
El incremento diario de los delitos sexuales contra nuestros menores hace necesaria la voluntad política de toda la Corporación Caleña, a fin de garantizarle los derechos a los niños, niñas y adolescentes abusados y a que se prevenga este flagelo y en el peor de los casos a que se les brinde la atención integral tal y como lo estipula la ley, por parte de las Entidades prestadoras de Salud, ya sea público o privada.
El Proyecto de Acuerdo no genera impacto fiscal alguno, pues se limita a dar cumplimiento y desarrollo a un orden legal, referido a la creación de los Comités Interinstitucionales Consultivos para la Prevención de la Violencia Sexual y Atención Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Abuso Sexual, en los diferentes entes territoriales como Municipios y Departamentos.