Para presentar los derechos de petición, tenga en cuenta:
- Como peticionario, debe indicar claramente su nombre e identificación, o el de su representante o su apoderado.
- Indique la dirección completa dónde desee recibir la respuesta
- Escriba el nombre de la Entidad o funcionario a quien se dirige.
- Enuncie claramente lo que quiere que la empresa le responda.
- Haga un Listado de los documentos que sustentan la petición, adjúntelos como anexos (cartas de respuesta, fotos que indiquen la situación para la petición, entre otros)
- Firme el derecho de petición
La respuesta al derecho de petición debe ser enviada al ciudadano dentro de los términos definidos por la ley, así:
- El derecho de petición de interés general o particular debe resolverse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes al fecha de su recepción.
- El derecho de petición de información o Solicitud de copias de documentos que no hagan parte de expedientes deberá resolverse dentro de los DIEZ (10) días hábiles y el peticionario asumirá el costo respectivo.
- Cuando se trate de una solicitud de consulta en relación con la materia a cargo de la entidad, ésta se deberá resolver dentro del término máximo de TREINTA (30) días hábiles.
Nota: En caso de que la entidad no pueda responder su derecho de petición dentro del plazo establecido por ley, estará obligada a informarle por escrito al peticionario, detallando los motivos y señalando la fecha en la cual se resolverá.
A continuación encontrará los modelos de derechos de petición según las problemáticas más frecuentes en la prestación de los servicios públicos domiciliarios.Haga click en «Leer más».