Ley 1326 de 2009 – Aumento de penas a conductores que borrachos, o bajo efecto de sustancias psicotrópicas, ocasionen muertos o heridos

Ley 1326 de 2009

Esta ley incrementa los castigos a las personas que por irresponsabilidad causen daños a otras personas o a bienes materiales, especialmente en los accidentes de tránsito; llenando un gran vacío que por décadas estuvo presente en la normatividad colombiana; ya que era muy frecuente ver que un conductor irresponsable atropellara a un transeúnte y no tuviera un castigo por ello. También establece, que si al momento del homicidio la persona se encontraba en estado de embriaguez, la pena normal se incremente en un número de años entre la mitad y el doble de la misma; asimismo, si la persona huye del lugar del delito sin una razón justificada.

En el caso de los accidentes de tránsito, si la persona no tiene licencia de conducción, su pena se incrementa de una sexta parte, a la mitad.
También aumenta de una cuarta parte a tres cuartas partes, si la persona se encontraba transportando carga, pasajeros o niños (transporte escolar), sin el cumplimiento de todos los requisitos legales.

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