Nuevamente futuro jaque a la salud y al empleo en Risaralda

DIPUTADA_MARTHA_CECILIA_ALZATE_ALZATELa Administración Departamental de Risaralda por tercera vez insiste en imponer nuevas tasas tributarias para el sector salud, cobrando la sendas tarifas por apertura, traslado, expedición de constancias, certificaciones  y licencias  para prestadores de salud y otros servicios, así como el cobro por el carnet de manipulación de alimentos; mediante el Proyecto de Ordenanza N. 005 de 2011.  Los establecimientos  a los cuales se les impondrá estas tasas y tarifas entre otros, corresponden a peluquerías, barberías, droguerías, tiendas naturistas, empresas aplicadoras de plaguicidas, servicios farmacéuticos, clínicas veterinarias, centros de estética, depósitos de drogas; además de las entidades y profesionales de la salud.

Ante tal situación se pronunció desfavorablemente la Diputada Martha Cecilia Alzate: “Es inaceptable que con la situación económica por la que atraviesa el Departamento, se esté pensando en imponer nuevos impuestos, lo que sería contradictorio ya que la meta de las administraciones debe ser la de incentivar la apertura de pequeñas y medianas empresas, pero con estas nuevas cargas tributarias se haría cada vez más difícil.

La Asambleísta Martha Cecilia reiteró: “Es necesario que las empresas cumplan con todas las normas de salubridad, a lo que no me opongo pero cada municipio cuenta con sus propios métodos, además se pretende cobrar por los carnets de manipulación de alimentos, mismos que son entregados a quienes cumplen los requisitos en forma gratuita por parte de las secretarias de salud de los municipios y del Sena”

Así mismo la Diputada Alzate, quien ha sido la única en la Asamblea en votar negativamente el Proyecto señaló “lo anteriormente  descrito  es lo que propone el proyecto de ordenanza y es el  motivo de mi rechazo público,  por cuanto la Corte Constitucional como el Consejo de Estado  en reiteradas  oportunidades  han  señalado que  los tributos  tienen reserva de ley, por lo cual únicamente el Congreso de la República  puede realizar gravámenes impositivos pudiendo las entidades territoriales aplicar aquellos gravámenes ya creados”.

Es así como la Corte Constitucional en las sentencias C-467 de 1.993 de 2003 entre otras y recientemente el 17 de julio de 2008 el Consejo de Estado  señaló que “la facultad de establecer tributos a cargo de las entidades  territoriales se encuentra sometida al principio de la legalidad tributaria“, también señaló que “los entes  territoriales no pueden crear  tributos, ni objetos de tributos, ya que esto  implicaría que cada ente territorial  puede crear los tributarios  que desee sin importar el principio de igualdad”.

Por consiguiente considero indebido e inconveniente  la propuesta del proyecto debido a que solo es el Congreso quien puede crear tributos  entre ellos  tasas y solo una vez  creados las entidades territoriales  podrán desarrollarlos, así lo determina  la Constitución Política  de Colombia en su artículo 300 numeral 4 que dice: “Decretar, de conformidad con la ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las funciones  departamentales”.

“Además de los motivos jurídicos expuestos es inconveniente el proyecto de ordenanza  por generar cargas ilegales e inconstitucionales  al sector de la salud y a los demás  servicios  que serán  objeto de las imposiciones en el Departamento de Risaralda; de igual forma con la afectación rentística de los manipuladores de alimentos y los profesionales de la salud, se atenta en contra de la autonomía administrativa de los municipios y se le da una estocada más al ya herido empleo en nuestro Departamento.” Puntualizó la Doctora Alzate.